Las bulas de Alejandro VI y la disputa hispano-portuguesa sobre las nuevas tierras (1493).
Este texto explica las bulas papales emitidas por Alejandro VI en 1493, especialmente la Inter caetera, la Eximius devotionis y la Dudum siquidem, y cómo influyeron en la disputa entre España y Portugal sobre las nuevas tierras descubiertas en el Atlántico y en América.
El objetivo oficial de las bulas era favorecer la expansión del cristianismo, pero, en la práctica, otorgaron derechos territoriales y comerciales a los Reyes Católicos, lo que generó conflictos con Portugal, problemas de demarcación y debates jurídicos sobre la autoridad papal.
1. Contexto político.
Los papas Sisto IV e Inocencio VIII mantuvieron relaciones tensas con el rey Fernando de Aragón —casado con la reina Isabel— y, como era habitual entre los papas, se interesaban por la política italiana. Fernando trabajó para elegir a un papa favorable y su objetivo se confirmó con la elección, en 1492, del cardenal aragonés Rodrigo Bórja, que tomó el nombre de Alejandro VI.

2. El viaje de Colón y la respuesta portuguesa.
Por esa misma época, Cristóbal Colón, al servicio de los reyes de Castilla y León, realizó el viaje que creía que abriría una nueva ruta hacia las Indias.
Al regresar a Lisboa en marzo de 1493, fue recibido por don Juan II, quien alegó que las islas descubiertas pertenecían a la Corona portuguesa basándose en concesiones papales anteriores.
Colombo afirmó que había obedecido las instrucciones recibidas antes de la partida y que no había navegado por aguas de jurisdicción portuguesa.
3. Las bulas papales Inter caetera y la «bula de la partición».
Los Reyes Católicos recurrieron al prestigio de la Curia Romana. A través del cardenal Carvajal, Alejandro VI expidió el 3 de mayo de 1493 la bula Inter caetera, por la que se concedían a Fernando e Isabel —y a sus sucesores— «todas y cada una» de las tierras e islas desconocidas que se encontraran, siempre que no estuvieran bajo el dominio temporal de príncipes cristianos, en virtud de su misión de propagar el cristianismo.
La bula Inter caetera, fechada el 4 de mayo y expedida el 28 de junio, trazaba una línea meridiana desde las islas Azores o Cabo Verde, a cien leguas al oeste y al mediodía; todas las tierras al oeste de esa línea serían atribuidas a los reyes de Castilla, León y Aragón, la llamada «bula de la partición».

4. Eximie Devotionis y la equiparación de privilegios.
Mediante la bula Eximie devotionis (3 de mayo, expedida en julio), Alejandro VI extendió a los reyes españoles los mismos privilegios ya concedidos a los reyes de Portugal —libertades, inmunidades, indultos y demás favores apostólicos—, permitiéndoles disfrutar de estas prerrogativas en las islas recientemente descubiertas o por descubrir.
5. Dudum siquidem y revocación parcial.
Portugal impugnó las bulas.
Dado que la bula Eximie devotionis omitía las concesiones hechas a la Orden de Cristo, el papa (o sus consejeros) las revocó implícitamente en la bula Dudum siquidem (25 de septiembre de 1493).
La bula calificó como «inciertas» las tierras que entonces no eran propiedad de los «infantes y milicias» —en alusión a don Enrique y a la Orden de Cristo— y afirmó que las tierras descubiertas por los capitanes españoles que navegaban hacia el oeste y el sur pertenecerían a los reyes de Castilla, León y Aragón. Capistrano de Abreu consideró que esta bula anulaba las garantías que Alejandro VI había concedido anteriormente a Portugal.
6. Parcialidad y problemas de interpretación.
Las cuatro bulas revelaron parcialidad, ya que, en lugar de premiar a España por el descubrimiento, transfirieron a España concesiones destinadas a Portugal.
Además, había problemas prácticos: la bula Inter caetera de 1493 fijaba un meridiano «cien leguas al oeste de cualquiera de las islas de Azores y Cabo Verde», pero estos archipiélagos se encuentran en longitudes diferentes, por lo que la demarcación resultaba incoherente.
La expresión «hacia Occidente y el Mediodía» (oeste y sur) era imprecisa y, además, trazar la línea a partir de «cualquiera» de las islas dificultaba aún más la definición precisa.
7. Reacciones y debates jurídicos.
Francisco Adolfo de Varnhagen señaló la falta de claridad de las bulas y el incumplimiento de las concesiones portuguesas.
Hubo defensores del reparto, pero también se pronunciaron críticos influyentes. Francisco de Vitoria sostenía que el papa no tenía dominio temporal sobre todo el mundo, ya que su autoridad era espiritual y no se extendía a los indios y los infieles. Por tanto, las bulas delimitaban las áreas de acción misionera, no un reparto territorial absoluto.
Un siglo después, Hugo Grotius vinculó la cuestión a la libertad de los mares y del comercio, impugnando los monopolios papales en De iure belli (1625). En respuesta, Frei Serafim de Freitas defendió el valor de los descubrimientos y las concesiones papales en De Justo Imperio Lusitanorum Asiatico (1625).

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